Ayuntamiento de Puerto Real
 
Trámite
 
Autoliquidación de tasas por licencias urbanísticas e instrumentos de planeamiento y gestión
¿Quién lo puede solicitar?
Personas físicas o jurídicas que soliciten licencias relativas a actividades sobre la vía pública, urbanizadoras o de la edificación.
¿Dónde se solicita?
Servicio de Información y Atención al Ciudadano (SIAC). Pza. Del Poeta Rafael Alberti Nº 1.
Horario: Lunes a Viernes de 8:00 a 14:30 horas.
Consultas previas: 856 21 33 03 en horario de 8:00 a 14:30.
¿Qué se debe presentar?
Instancia cumplimentada .

Además y en función del tipo de edificación o construcción:

1) Obras mayores de edificacion o urbanizacion:
· Proyecto técnico y estudio de seguridad y salud visado por el colegio oficial correspondiente
· Cuestionario estadístico
2) Obras menores:
· Memoria descriptiva de las obras a realizar
· Presupuesto
3) Obras e instalaciones en via pública
· Memoria - Presupuesto
· Plano de situación de la obra o instalación
Observaciones
La autoliquidación tiene carácter provisional, hallándose sujeta a comprobación.

El justificante de ingreso de la tasa es requisito imprescindible para admitir a trámite cualquier solicitud.

Para la obtención de licencia de obras o de segregación y parcelación de fincas en suelo no urbanizable, se deberá acreditar que cumple el requisito de parcela mínima (según el Plan General de Ordenación Urbana: 30.000 m2 en secano y una aranzada o 4.472 m2 en regadío). para ello, además de la documentación indicada en el apartado correspondiente, se deberá aportar:
· Fotocopia de las escrituras o nota simple del Registro de la Propiedad si aquéllas no están actualizadas
· Certificación del Catastro de Rústica que acredite la condición de regadío.
· Justificación determinaciones artículo 50 y 52 de la ley 7/02 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía (Boja 154 de 31 de diciembre de 2002).