Ayuntamiento de Puerto Real
 
Trámite
 
Padrón de habitantes: Certificado o volante de empadronamiento
¿Quién lo puede solicitar?
Vecinos de Puerto Real que necesiten acreditar la residencia en el municipio y el domicilio habitual en el mismo.
¿Dónde se solicita?
Servicio de Información y Atención al Ciudadano (SIAC). Pza. Del Poeta Rafael Alberti Nº 1.
Horario: Lunes a Viernes de 8:00 a 14:30 horas.
Consultas previas: 856 21 33 03 en horario de 8:00 a 14:30.
A través de internet: En el acceso rápido Padrón de Habitantes situado en el menú de la derecha.

Centro Cívico del Río San Pedro. Avda. de la Bahía, 12.
Horario: Lunes a Viernes de 8:00 a 14:30 horas.
Consultas previas: 856 21 41 27 en horario de 8:00 a 14:30.
¿Qué se debe presentar?
1) D.N.I., Pasaporte o Tarjeta de Extranjero.
2) Documento de representación, si lo solicita persona diferente al interesado.
3) Instancia (en determinados supuestos).
Observaciones
La certificación es el único documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento, por tanto será necesario para presentarlo ante tribunales de justicia, organismos extranjeros...
El volante, al no llevar las firmas manuscritas de la secretaria y el alcalde o sus delegados o sustitutos, es un documento de carácter puramente informativo, que se podrá utilizar para su aportación en procesos o ante organismos que no requieran una prueba rigurosa, para convocatorias masivas...

Las certificaciones o volantes se podrán expedir tanto de todas las personas que residen en el mismo domicilio como de una sola de ellas.

Mediante certificación se acreditarán otros hechos relativos al empadronamiento y de los que el ayuntamiento tiene constancia oficial: fechas inicial y final del empadronamiento en el municipio, domicilios en los que ha estado empadronado, causa del alta o de la baja en el padrón, etc. Para la obtención de estas certificaciones es preciso la presentación de instancia donde se refleje claramente la petición.