El pago de las obligaciones a cargo del Ayuntamiento de Puerto Real se realizará con carácter general mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria que por el acreedor se designe.
Una vez dada de alta la cuenta bancaria, las sucesivas órdenes de pago a favor del acreedor, se abonarán a dicha cuenta.
Para el cambio de cuenta bancaria deberá presentarse nuevamente el impreso descrito en el apartado anterior.
Cuando el crédito se hubiera cedido (endoso), el pago se efectuará a la cuenta bancaria del cesionario, la cual se habrá comunicado previamente a la Intervención Municipal. |